Dentro del portal de Transparencia municipal, la Ley 19/2013 señala la importancia del Plan de Ordenación Urbana de la localidad dedicándole en exclusiva un indicador. Y es que no sólo lo es materia de Transparencia, sino también a nivel municipal, ya que el Plan General de Ordenación Urbana es el instrumento que define la ordenación urbanística de todos los terrenos que se encuentran dentro del término municipal, clasificando el suelo y estableciendo las determinaciones para su ordenación con criterios de desarrollo sostenible.

El Plan General establece el modelo de ordenación de la ciudad y afecta a cuestiones muy diversas como la protección del medio ambiente urbano, la conservación y protección del patrimonio de la ciudad, el aumento de la calidad de vida, entre otras cuestiones de interés. Del mismo modo, aborda la renovación de los espacios urbanos, especialmente las área degradadas, definir las áreas para la intervención urbanística y las medidas que garanticen el reequilibrio de las dotaciones y equipamientos del municipio, entre otras.

Al Plan General de Ordenación Urbana le corresponde adoptar la decisiones que condicionan la definición y ejercicio del derecho de propiedad inmobiliaria: la decisión sobre la clasificación de todos los suelos existentes que determinará el concreto régimen de propiedad aplicable, la fijación de la edificabilidad del suelo urbano y urbanizable, la determinación de las condiciones estructurantes que hacen posible esa edificación y el uso de los terrenos especificando su categoría (residencia, industrial, oficinas, recreativa o de equipamiento); y las normas de conservación del suelo no urbanizable.

El Plan General es el instrumento que adopta las decisiones que aseguran la coordinación de los elementos que conforman la estructura orgánica del territorio municipal: infraestructuras de uso público, viario, zonas verdes, equipamientos, etc.

Formalmente, el PGOU es un documento complejo compuesto por los documentos que exige la ley, una memoria justificativa de sus objetivos y decisiones; estudio de viabilidad; planos de información y ordenación urbanística del territorio, así como los derivados de la legislación ambiental, informe de análisis ambiental, catálogo de elementos a proteger y normas urbanísticas.

Toda esta información está disponible tanto en los indicadores ITA2014 como en los Municipales 2015, en el apartado «Transparencia en materias de urbanismo, obras públicas y medio ambiente».